Inicio

Accidente de trabajo y enfermedad profesional

Incapacidad temporal

La incapacidad temporal será consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, y durará mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria y esté impedido para el trabajo.

La cuantía del subsidio será el 75% de la base reguladora, y se percibirá desde el día siguiente al de la baja.

La duración máxima será de 12 meses, prorrogables a otros 6 cuando se presuma que en este tiempo el trabajador pueda ser dado de alta por curación. Cuando este plazo máximo de 18 meses se haya extinguido, se examinará en un plazo máximo de tres meses el estado del incapacitado, a efectos de su calificación, como incapacitado permanente.

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, 
	de las Directrices de Accesibilidad para el 
	Contenido Web 1.0 del W3C-WAI