

Son las lesiones, mutilaciones, y deformidades de carácter definitivo, causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que sin llegar a constituir una incapacidad permanente, suponen una disminución o alteración de la integridad física del trabajador, y estén recogidas en el baremo establecido al efecto.
La prestación a la que dan lugar es una indemnización económica por una sola vez, y cuya cuantía está determinada en el baremo establecido al efecto.