

La tarifa para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales establece un tipo único de cotización acorde con los riesgos y costes de la actividad económica desarrollada por la Empresa, utilizando para ello la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE).
Se mantiene como excepción una cotización específica para aquellas ocupaciones habituales en cualquier actividad económica y que conllevan un riesgo común, independiente del sector en que se desarrollan, manteniendo un tipo diferenciado que se recoge en el cuadro II.
La Tarifa contiene diferentes tipos de cotización que varían entre el 0,90% y el 7,15%
La tarifa es la misma para las empresas que para los trabajadores por cuenta propia.
Concurrencia de actividades: Cuando en una empresa concurran, junto con la actividad principal, otra u otras que deban ser consideradas auxiliares con respecto a la principal, el tipo de cotización aplicable será el establecido para dicha actividad principal.
Como excepción a los principios orientadores de la nueva Tarifa, de unidad de empresa, de unidad de CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) y de unidad de tipo de cotización, cuando la actividad principal concurra con otra que implique la producción de bienes o servicios que no se integren en el proceso productivo de la primera, disponiendo de medios de producción diferentes, el tipo de cotización aplicable será con respecto a los trabajadores ocupados en éstas el previsto para la actividad económica en que la misma quede encuadrada.
El tipo de cotización aplicable se determinará por la Tesorería General de la Seguridad Social en función de la actividad económica declarada por la empresa o por el trabajador autónomo y, en su caso, por las ocupaciones o situaciones de los trabajadores, con independencia de la Entidad (Instituto Nacional de la Seguridad Social o Mutua) por la que el interesado hubiera optado para la cobertura de las contingencias profesionales, recayendo sobre el empresario la responsabilidad de la identificación de la actividad y la declaración de las ocupaciones específicas.