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Accidente de trabajo y enfermedad profesional

Qué hacer en caso de accidente: el trabajador causa baja

Cuando el trabajador causa baja por un accidente de trabajo:

- El trabajador

Tras la asistencia sanitaria, si usted no puede continuar con su actividad laboral, los servicios sanitarios de Ibermutuamur le expedirán su parte médico de baja, por duplicado. Con él podrá acreditar ante su empresa que se encuentra en una situación que le impide continuar trabajando. La situación de baja determina el principio de sus prestaciones de Incapacidad Temporal.

El trabajador se quedará con un ejemplar, mientras que el segundo lo entregará en la empresa.

- La empresa

Cuando la empresa reciba el parte médico de baja, cumplimentará el Parte de Accidente de trabajo, en el plazo máximo de cinco dias hábiles, contados desde la fecha en que se produjo el accidente o desde la fecha de la baja médica. [1]

La notificación de este documento deberá realizarse a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Sistema Delt@) [2]

Para resolver las dudas surgidas por la cumplimentación de los Partes de Accidente, puede ponerse en contacto con su Centro de Ibermutuamur más cercano (Red de centros).

- Situaciones especiales

Comunicación urgente de accidente de trabajo

En los casos de accidentes graves, muy graves, que ocasionen el fallecimiento del trabajador, y en aquellos que afecten a más de cuatro trabajadores, la empresa deberá realizar una gestión adicional. Además de cumplimentar los partes de accidente, se comunicará el hecho, en el plazo de 24 horas, a la autoridad laboral de la provincia donde haya ocurrido el accidente.

La citada comunicación contendrá: razón social, domicilio y teléfono de la empresa, nombre de los accidentados y la descripción del accidente, así como el lugar donde ocurrió.

Para notificar dicha comunicación podrá utilizarse el Sistema de Declaración Electronica de Accidentes de Trabajo (Sistema Delt@) [2]

Parte medico de alta

Cuando las lesiones sufridas por el accidentado estén curadas, el servicio médico que atienda al trabajador emitirá el parte médico de alta laboral, debiendo reincorporarse el accidentado a su puesto de trabajo al día siguiente al alta. Este parte se tramitará de la misma forma que el de baja (consta del mismo número de copias).

Con su emisión, finaliza la situación de Incapacidad Temporal, cesando el pago del subsidio por parte de la Mutua.

[1] (Orden Ministerial de 16-12-1.987, B.O.E. 29-12-1.987)

[2] (Orden Ministerial TAS 2926/2.002 de 19 de Noviembre , B.O.E. 21-11-2.002)

[2] (Orden Ministerial TAS 2926/2.002 de 19 de Noviembre , B.O.E. 21-11-2.002)

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